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Estudios y/o prácticas / Autorizaciones

1.1.- Estudios y/o Prácticas de Rutina

(No requieren autorización previa por parte de la Obra social). Los Estudios de baja complejidad médica son todos aquellos que se realizan por control anual o rutina, de carácter preventivo, no requiriendo intervención alguna de la Obra Social. A continuación se detallan a modo de ejemplo y no en su totalidad algunos de los estudios de acceso directos.

Estudios de Acceso Directo

Consultas e Interconsultas Directas (ver punto 1.2)

Radiografías (Simple, Contrastada y Digital)

Ecografías (Excepto Partes Blandas)

Mamografías (Excepto Técnica Eklund)

Ecocardiogramas (Común, salvo Stress y Doppler)

Laboratorio 1º Nivel (rutinas)

Electros (miogramas, cardiogramas, encefalogramas)

Espirómetrias

Ergometría Común

Espinogramas

Escanogramas

·        

 

Aclaraciones – Anexo 1.1: Prácticas y/o Estudios

Se deja constancia que hay centros de excepción a la regla como por ejemplo Sanatorio Güemes (dicho nosocomio solicita autorización para toda práctica y/o estudio).

 

1.2.- Consultas o Interconsultas

(No requieren autorización previa por parte de la Obra social)

Consultas de Acceso Directo

Clinica Medica

Ginecología

Cardiología

Traumatología

Otorrino

Pediatría

Flebologia

Gastroenterología

Alergia

Cirugía

 

Aclaraciones – Anexo 1.2: Consultas o Interconsultas

Todas las especialidades que no cuentan con guardias requieren autorización previa. Se deja constancia que hay centros de excepción a la regla como por ejemplo Sanatorio Güemes (dicho nosocomio solicita autorización para todas las especialidades).

 

1.3.- Estudios de Alta Complejidad Médica (en todos los casos Requieren autorización de la Obra Social):

Los Estudios de Alta Complejidad son todos aquellos que por su valor, condición y/o riesgo deben tener revisión previa de Auditoría Médica y Administrativa de la Obra Social. A continuación se detallan a modo de ejemplo y no en su totalidad algunos de los estudios de Alta complejidad.

 

Estudios de Alta Complejidad (Requiere Autorización)

·       Tomografía Axial Computada (TAC)

·       Punciones Biopsias (Ecográficas y/o Tomografías)

·       Resonancia Magnética Nuclear (RMN)

·       Tomografías por emisión de Positrones (PET)

·       Centellogramas

·       Intervenciones y/o Cirugías

·       Cámara Gamma (Spect)

·       Prácticas Terapéuticas con uso de milicuries (MMI)

·       Perfusiones Miocárdicas

·       DMO

·       Genética

·       Laboratorio 2º y 3º nivel

·       PMI (Los Centros habilitados para PMI solicitan autorización de todos los estudios incluidos)

 

Se deja constancia que su autorización depende pura y exclusivamente del criterio del Auditor Médico de turno, no teniendo injerencia alguna la Coord. Gral. Ni los Operadores MAP.

 

1.4.- Prácticas Médicas:

Las Prácticas Médicas son aquellos tratamientos que requieren la intervención de un profesional (no médico) de la salud y se realiza en varias sesiones, como así también todas aquellas prácticas que requieren la utilización en domicilio y por 24 hs. de algún tipo equipamiento médico para la realización de un informe por parte del Especialista.

A continuación se detallan a modo de ejemplo y no en su totalidad algunos de los estudios de prácticas médicas.

Prácticas Médicas (Requiere Autorización)

·       Terapia ocupacional.

·       Hospital de Día

·       Todas las Rehabilitaciones Médicas por Tratamiento

·       Terapia Neurocognitiva

·       Tratamiento del Dolor

·       Tratamiento de la Voz

·       Foniatría y Fonoaudiología. Varios Prestadores.

 

Prácticas Médicas (Sin Necesidad de Autorización)

·       Fisiokinesioterapia (FKT) – A través de Biokinesis o SMJM

·       Rehabilitación Corporal Total (RPG) – A través de Biokinesis SMJM.

·       Holter Cardiológico (Electrocardiograma de 24 hs.) / Varios Prestadores, salvo Cemic y Güemes.

·       Holter de Presión (Presurometría / MAPA: Módulo Ambulatorio de la Presión Arterial) / Varios Prestadores, salvo Cemic y Güemes.

·       Holter de Cerebro (Encefalograma 24 hs.) / Varios Prestadores, salvo Cemic y Güemes.

 

Observaciones:

  • Todos los tratamientos abarcan una cantidad de 25 sesiones anuales, quedando pura y exclusivamente a cargo de Auditoría Médica la continuidad del tratamiento una vez superado el tope.
  • Las sesiones de FKT y/o RPG se realizan en módulos de 6 sesiones.
  • Los tratamientos de Foniatría, Fonoaudiología, del dolor y de la voz, se realizan y/o autorizan por módulos de 10 sesiones.

 

Aclaraciones – Validez

✅ Validez órdenes Médicas:

Toda orden médica tiene una validez de 30 días sin excepción, pasado dicho periodo deberá ser revalidada por otro médico.

✅ Validez Autorizaciones:

Toda autorización tiene una vigencia de 30 a 90 días, según como la tome el centro médico tratante, si su turno es superior a 30 días consulte en el centro si le toman la autorización, caso contrario renvíela dentro de los 30 días antes del turno para su revalidación.

 

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