Estudios y/o prácticas / Autorizaciones
1.1.- Estudios y/o Prácticas de Rutina
(No requieren autorización previa por parte de la Obra social). Los Estudios de baja complejidad médica son todos aquellos que se realizan por control anual o rutina, de carácter preventivo, no requiriendo intervención alguna de la Obra Social. A continuación se detallan a modo de ejemplo y no en su totalidad algunos de los estudios de acceso directos.
Estudios de Acceso Directo | ||
Consultas e Interconsultas Directas (ver punto 1.2) | Radiografías (Simple, Contrastada y Digital) | Ecografías (Excepto Partes Blandas) |
Mamografías (Excepto Técnica Eklund) | Ecocardiogramas (Común, salvo Stress y Doppler) | Laboratorio 1º Nivel (rutinas) |
Electros (miogramas, cardiogramas, encefalogramas) | Espirómetrias | Ergometría Común |
Espinogramas | Escanogramas | · |
Aclaraciones – Anexo 1.1: Prácticas y/o Estudios |
Se deja constancia que hay centros de excepción a la regla como por ejemplo Sanatorio Güemes (dicho nosocomio solicita autorización para toda práctica y/o estudio). |
1.2.- Consultas o Interconsultas
(No requieren autorización previa por parte de la Obra social)
Consultas de Acceso Directo | ||
Clinica Medica | Ginecología | Cardiología |
Traumatología | Otorrino | Pediatría |
Flebologia | Gastroenterología | Alergia |
Cirugía |
Aclaraciones – Anexo 1.2: Consultas o Interconsultas |
Todas las especialidades que no cuentan con guardias requieren autorización previa. Se deja constancia que hay centros de excepción a la regla como por ejemplo Sanatorio Güemes (dicho nosocomio solicita autorización para todas las especialidades). |
1.3.- Estudios de Alta Complejidad Médica (en todos los casos Requieren autorización de la Obra Social):
Los Estudios de Alta Complejidad son todos aquellos que por su valor, condición y/o riesgo deben tener revisión previa de Auditoría Médica y Administrativa de la Obra Social. A continuación se detallan a modo de ejemplo y no en su totalidad algunos de los estudios de Alta complejidad.
Estudios de Alta Complejidad (Requiere Autorización) | ||
· Tomografía Axial Computada (TAC) | · Punciones Biopsias (Ecográficas y/o Tomografías) | · Resonancia Magnética Nuclear (RMN) |
· Tomografías por emisión de Positrones (PET) | · Centellogramas | · Intervenciones y/o Cirugías |
· Cámara Gamma (Spect) | · Prácticas Terapéuticas con uso de milicuries (MMI) | · Perfusiones Miocárdicas |
· DMO | · Genética | · Laboratorio 2º y 3º nivel |
· PMI (Los Centros habilitados para PMI solicitan autorización de todos los estudios incluidos) |
Se deja constancia que su autorización depende pura y exclusivamente del criterio del Auditor Médico de turno, no teniendo injerencia alguna la Coord. Gral. Ni los Operadores MAP.
1.4.- Prácticas Médicas:
Las Prácticas Médicas son aquellos tratamientos que requieren la intervención de un profesional (no médico) de la salud y se realiza en varias sesiones, como así también todas aquellas prácticas que requieren la utilización en domicilio y por 24 hs. de algún tipo equipamiento médico para la realización de un informe por parte del Especialista.
A continuación se detallan a modo de ejemplo y no en su totalidad algunos de los estudios de prácticas médicas.
Prácticas Médicas (Requiere Autorización) | ||
· Terapia ocupacional. | · Hospital de Día | · Todas las Rehabilitaciones Médicas por Tratamiento |
· Terapia Neurocognitiva | · Tratamiento del Dolor | · Tratamiento de la Voz |
· Foniatría y Fonoaudiología. Varios Prestadores. |
Prácticas Médicas (Sin Necesidad de Autorización) | ||
· Fisiokinesioterapia (FKT) – A través de Biokinesis o SMJM | · Rehabilitación Corporal Total (RPG) – A través de Biokinesis SMJM. | |
· Holter Cardiológico (Electrocardiograma de 24 hs.) / Varios Prestadores, salvo Cemic y Güemes. | · Holter de Presión (Presurometría / MAPA: Módulo Ambulatorio de la Presión Arterial) / Varios Prestadores, salvo Cemic y Güemes. | · Holter de Cerebro (Encefalograma 24 hs.) / Varios Prestadores, salvo Cemic y Güemes. |
Observaciones:
- Todos los tratamientos abarcan una cantidad de 25 sesiones anuales, quedando pura y exclusivamente a cargo de Auditoría Médica la continuidad del tratamiento una vez superado el tope.
- Las sesiones de FKT y/o RPG se realizan en módulos de 6 sesiones.
- Los tratamientos de Foniatría, Fonoaudiología, del dolor y de la voz, se realizan y/o autorizan por módulos de 10 sesiones.
Aclaraciones – Validez |
✅ Validez órdenes Médicas: Toda orden médica tiene una validez de 30 días sin excepción, pasado dicho periodo deberá ser revalidada por otro médico. ✅ Validez Autorizaciones: Toda autorización tiene una vigencia de 30 a 90 días, según como la tome el centro médico tratante, si su turno es superior a 30 días consulte en el centro si le toman la autorización, caso contrario renvíela dentro de los 30 días antes del turno para su revalidación. |